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Crea el comité provincial de vigilancia, evaluación y seguimiento de la mortalidad materno infantil, en el ámbito del ministerio de salud pública.
Crea el Consejo de Vigilancia de Acciones en salud Materno Infantil (CONVIDAS).
Garantiza el acceso integral y gratuito a la detección, diagnostico, tratamiento, control y terapias de apoyo necesarias para el abordaje de la endometriosis. Crea el registro único de pacientes y el programa provincial de tratamiento. Instituye el día 14 de marzo como día provincial de la endometriosis.
Declara obligatoria la provisión de leche enriquecida o fortificada con compuestos de hierro entre las mujeres embarazadas y niños menores de dos años, incluidos en todos los programas de asistencia alimentaria.
Programa de detección masiva de enfermedades del sistema nervioso en niños recién nacidos.
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley N° 27.159 -Muerte súbita. Sistema de prevención integral. Instituye con carácter obligatorio, la instalación y puesta en funcionamiento de un Desfibrilador Externo Automático (DEA), en los locales públicos y/o privados de concurrencia masiva o de alto riesgo en el territorio de la provincia.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley nacional N° 26.279 -Régimen de detección y tratamiento de determinadas patologías del recién nacido-. Modifica ley N° 5.769.
Crea el colegio de profesionales en obstetricia de la provincia de Tucumán. Objeto y atribuciones.
Crea el comité provincial de vigilancia, evaluación y seguimiento de la mortalidad materno infantil, en el ámbito del ministerio de salud pública.
Crea el Consejo de Vigilancia de Acciones en salud Materno Infantil (CONVIDAS).
Crea en el ámbito de la provincia de Tucumán el Programa bancos de leche materna. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública a través del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA).
Promueve, protege, fomenta la lactancia materna, considerándola como el medio ideal para la alimentación de los niños y niñas, a los fines de garantizar su vida, salud y desarrollo integral. Créase el Programa provincial de promoción y protección de la lactancia materna.
Establece la obligatoriedad del otorgamiento de un documento que registre la información del estado de salud general del niño.
Declara obligatoria la realización de diagnóstico precoz integral en los niños recién nacidos.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley N° 26.281 -Declara de interés nacional y prioritario el control de la enfermedad de Chagas.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley nacional N° 23.798 - Lucha contra el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley nacional B° 24.151 -personas que desarrollan actividades en el campo de la salud- vacunación obligatoria contra la hepatitis B.
Establece la obligatoriedad y gratuidad de las vacunaciones antidiftérica, antituberculosa, antipoliomelítica y contra la hepatitis "a".
Otorga carácter prioritario en la política sanitaria, la prevención y protección contra el Chagas Mazza, y la recuperación y rehabilitación de la salud de los enfermos.
Ratifica decreto acuerdo de necesidad y urgencia N° 13/1 de fecha 1 de diciembre de 2021, estableciendo el "pase sanitario" como requisito para asistir a aquellas actividades que representen mayor riesgo epidemiológico.
Regula la realización de las prácticas de tatuaje, microcoloración y/o perforación de la piel, mucosa u otra parte del cuerpo, conocidas como piercing.
Establece el uso obligatorio de equipos de esterilización en salones de peluquería, belleza, manicuría, podología y afines, que permitan prevenir el contagio del virus HIV y otras enfermedades virósicas y microbianas.
Declara de interés provincial el estudio, prevención, tratamiento e investigación de la toxoplasmosis.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley N° 26.928 . Sistema de protección integral para personas trasplantadas.
Adhiere la provincia a la Ley nacional N° 25.421 de creación del programa de asistencia primaria de salud mental.
Dispone la adhesión de la provincia a las disposiciones de la Ley nacional N° 26.396 (trastornos alimentarios). La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud Pública de la provincia.
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley nacional N° 26.914, modificatoria de la Ley N° 23.753 -De problemática y prevención de la diabetes-, sus decretos y resoluciones reglamentarias. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública de la provincia.
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley N° 27.153 -Ejercicio profesional de la musicoterapia.
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley N° 27.159 -Muerte súbita. Sistema de prevención integral. Instituye con carácter obligatorio, la instalación y puesta en funcionamiento de un Desfibrilador Externo Automático (DEA), en los locales públicos y/o privados de concurrencia masiva o de alto riesgo en el territorio de la provincia.
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley nacional N° 27.305 de incorporación al Programa Médico Obligatorio (PMO) de la cobertura de leches medicamentosas a pacientes con Alergia a la Proteína de la Leche Vacuna (APLV). Crea el programa de detección y tratamiento de la alergia a la proteína de leche vacuna. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública a través del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA).
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley N° 26.657 -Derecho a la protección de la salud mental- y a su decreto reglamentario N° 603/2013. Deroga Ley N° 7.881. Crea un órgano de revisión de salud mental de la provincia.
Adhiere la provincia a las disposiciones de la Ley Nacional 23732 sobre enfermedad diabética y la creación del banco de insulina.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley nacional N° 26.588 -Declara de interés nacional la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley N° 26.689- Promoción del cuidado integral de la salud de las personas con enfermedades poco frecuentes.
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley nacional N° 27.130 (prevención del suicidio). La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud Pública de la provincia, a través del Sistema Provincial de Salud (Si.Pro.Sa).
Dispone la adhesión de la provincia al programa nacional de detección y control de la enfermedad celíaca, establecido por resolución N° 1560/2007 del Ministerio de Salud de la Nación. Deroga la Ley N° 6.454.
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley nacional N° 26.835 -Promoción y capacitación en las técnicas de Reanimación Cardiopulmonar -RCP- básicas. Crea la comisión -RCP- Tucumán. Funciones. Serán autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública de la provincia en coordinación con el Ministerio de Educación.
Adhiere la provincia a la Ley nacional N° 25.501 de control y prevención de enfermedades cardiovasculares.
Aprueba en todos sus términos el convenio N° 1.124, celebrado entre la Secretaria Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia y el Ministerio de Desarrollo Social de Tucumán, referente a la implementación del proyecto Kamani, Centro de Día para personas con trastornos cognitivos, Alzheimer y otras demencias.
Declara de interés público el estudio, prevención y tratamiento de la hemofilia, y obligatoria la realización del diagnóstico precoz en los recién nacidos. Crea el centro del hemofílico.
Crea el plan de prevención y atención integral de la osteoporosis.
Instituye la equinoterapia como método terapéutico y complementario de terapias alternativas. Crea el "Programa provincial de equinoterapia" quien será la autoridad de aplicación de la presente ley. Integración y funciones.
Crea el programa provincial de lucha contra la enfermedad de Alzheimer y otras demencias. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública de la provincia. Crea el consejo asesor de investigación del mismo.
Promueve el cuidado integral de la salud de las personas con fibromialgia. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública a través del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA). Crea el programa provincial de prevención, tratamiento, control y asistencia de la fibromialgia. Objetivos.
Creación del sistema de protección al enfermo oncológico infantil que regirá en la provincia conforme las disposiciones de la presente Ley y la reglamentación que
en consecuencia se dicte.
Crea en la secretaría de educación el cargo de psicólogo especializado en educación.
Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble detallado en la ley n° 7906 -expropiación de una fracción de un inmueble ubicado en la ciudad de tafi viejo, para ser cedido en comodato al tafi rugby club, padrón n° 82437
Declara la emergencia en la atención primaria y preventiva de la salud mental, por el término de dos (2) años. Será autoridad de aplicación el ministerio de salud pública.
Desafecta del dominio público del Estado provincial una fracción de inmueble ubicado en Villa Clodomiro Hileret, departamento Río Chico, para el funcionamiento de un centro de diagnóstico y rehabilitación. Padrón 62.273.
Garantiza el acceso integral y gratuito a la detección, diagnostico, tratamiento, control y terapias de apoyo necesarias para el abordaje de la endometriosis. Crea el registro único de pacientes y el programa provincial de tratamiento. Instituye el día 14 de marzo como día provincial de la endometriosis.
Implementa programas de salud, detección y diagnóstico precoz del cáncer genitomamario.
Instituye el mes de octubre de cada año como "Mes de concientización sobre cáncer de mama" en el ámbito de la provincia de Tucumán, en concordancia a lo dispuesto por Ley nacional 26.606.-
Ratifica decreto acuerdo de necesidad y urgencia N° 13/1 de fecha 1 de diciembre de 2021, estableciendo el "pase sanitario" como requisito para asistir a aquellas actividades que representen mayor riesgo epidemiológico.
Establece el día 8 de septiembre de cada año como "Día provincial de la fibrosis quística".El Poder Ejecutivo realizará cada año campañas destinadas a difundir y concientizar sobre la importancia del diagnóstico precoz y de un tratamiento adecuado de esta enfermedad para garantizar una mejor calidad de vida a quienes conviven con ella
Establece el marco normativo para la prevención, detección y tratamiento del cáncer de próstata.
Informa al consumidor sobre el valor calórico que tiene la comida ofrecida en bares, restoranes y en todo otro lugar de expendio de comidas, cualquiera sea su modalidad. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública por medio del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA).
Establece la obligatoriedad de ofrecer a la venta productos y alimentos saludables en todo kiosco, cantina y cualquier otro punto de expendio en el ámbito de establecimientos educativos y clubes, de carácter público o privado, en todo el territorio de la provincia. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública.
Establece el régimen de prevención de las enfermedades bulimia y anorexia.
Prohíbe la venta y el uso en los establecimientos educacionales de la provincia de los productos de origen industrial identificado como purpurina, brillantina o su similar.
Dispone la adhesión a la ley nacional n° 23358 -Fija obligación de incorporar contenidos curriculares de todos los niveles educativos sobre prevención de la drogadicción-.
Adhiere la provincia de Tucumán al articulo 34 de la Ley nacional N° 23.737 y sus modificatorias Ley N° 26.052 y Ley N° 27.502 (narcomenudeo). Deroga Ley N° 8.664. Crea comisión interpoderes.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley nacional N° 26.586 -Programa nacional de educación y prevención sobre las adicciones y el consumo indebido de drogas.
Declara la emergencia en seguridad pública, en política carcelaria y policial, en materia de tratamiento y recuperación de adictos y en seguridad vial. adhiere la provincia de tucuman a la declaración de emergencia en seguridad pública nacional dispuesta por decreto n° 228/16 y prorroga. crea una comisión especial de seguimiento y control de las distintas acciones, políticas y programas que se implementen en la provincia, en el marco de las emergencias declaradas por la presente ley.
Autoriza al Poder Ejecutivo a realizar la obra "Centro de Prevención Local de Adicciones" -CEPLA Tucumán- en una fracción del inmueble, padrón N° 225.292, ubicado en San Miguel de Tucumán.
Establece la obligatoriedad de exhibir en todas las salas de cine y teatro de la provincia, en forma de publicidad, una campaña informativa sobre los riesgos del consumo de drogas ilícitas. Será autoridad de aplicación la Secretaria de Estado de Prevención y Asistencia de las Adicciones.
Crea el Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo -IPLA-.
Crea el centro de contención, tratamiento y seguimiento del drogadependiente.
Crea el observatorio provincial de drogas, en el ámbito de la Secretaria de Estado de Prevención y Asistencia de las Adicciones de la provincia, que será la autoridad de aplicación.
Crea el programa de tratamiento y reinserción de personas con consumos problemáticos dentro de los institutos penales de la provincia.
Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble ubicado en La Aguadita,departamento Tafí Viejo, destinado a funcionamiento de un centro de prevención y rehabilitación de adicciones. Padrón 513.425
Instituye el 26 de junio "Día provincial de la lucha contra el uso indebido y el tráfico de drogas".
Modifica Ley N° 8267 -Política pública integral para la prevención y asistencia de las adicciones.
Prohíbe la venta a menores de 18 años, de adhesivos, cemento de contacto, pegamentos y similares que contengan xileno, benceno, tolueno y/o derivados.
Prorroga la entrada en vigencia de la ley n° 9188 y su modificatoria ley n° 9212 (narcomenudeo) hasta el 15 de abril de 2021.
Establece como requisito de permanencia en los niveles políticos y/o jerárquicos de la función pública, el carecer de adicción a drogas ilegales. Deroga a Ley N° 7.240 (rinoscopia).
Establece la política pública integral para la prevención y asistencia a las adicciones. Crea el fondo de lucha contra las adicciones y el Consejo Provincial de Prevención y Asistencia de las Adicciones".
Faculta al Poder Ejecutivo a contratar en forma directa la ejecución de la obra Casas Educativas Terapéuticas (CET)- Tucumán, prevista en el Convenio firmado el 02/12/2014 con el "Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios" y la "Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico".
Establece la obligación de exhibir en forma clara y visible la leyenda "el consumo de alcohol es perjudicial para la salud", en todas las entradas y/o tickets a espectáculos públicos y/o privados autorizados para el expendio de bebidas alcohólicas. Sera autoridad de aplicación el Instituto Provincial de Lucha contra el Alcoholismo -IPLA.
Otorga un subsidio a la fundación "Virgen de la Merced, redentora de cautivos", destinado a construcción de centro de recuperación de adictos.
Ratifica decreto acuerdo de necesidad y urgencia N° 4/1 del 20/03/2014 -Modifica Ley N° 8.450 (Ley de ministerios)-, transfiriendo al Ministerio de Desarrollo Social la competencia de prevención de las adicciones.
Dispone la adhesión de la provincia a las disposiciones de la Ley nacional N° 27.214. (educación vial).
Prohibe, en todo el territorio de la provincia, conducir cualquier tipo de vehículos habiendo consumido bebidas alcohólicas en cualquier cantidad. Establece sanciones (alcoholemia cero - tolerancia cero).
Crea el registro único de sentencias condenatorias para delitos que conlleven pena de inhabilitación para conducir vehículos. Crea la licencia única de conductor. Crea el registro provincial de antecedentes de tránsito.
Establece en el ámbito de la provincia, el procedimiento para realizar el control de la prohibición establecida en el artículo 48 de la Ley N° 24.449 (Ley nacional de tránsito), referida al consumo de drogas, estupefacientes, medicamentos o sustancias que disminuyan la aptitud para conducir.
Adhiere la provincia a la ley nacional n° 27071 -incorpora dentro del programa medico obligatorio, los dispositivos y elementos accesorios para las personas ostomizadas-. Instituye el día 3 de octubre de cada año, como día de la persona ostomizada
Acepta la donación a favor del superior gobierno de la provincia, efectuada por las señoras Francisca Martorell y Catalina Martorell de Yapur, consistente en un terreno de 10 metros de frente por 30 metros de fondo, con destino a la construcción del centro materno infantil de Villa Rosa, de la ciudad de Tafí Viejo.
Ley que establece Derecho de la mujer a la salud menstrual..- El Estado Provincial, garantizará la provisión gratuita de elementos para la gestión menstrual a niñas, adolescentes y mujeres en situación de vulnerabilidad económica, social, educativa o cultural, que se encuentren entre la menarca y el climaterio.
Establece el día 8 de septiembre de cada año como "Día provincial de la fibrosis quística".El Poder Ejecutivo realizará cada año campañas destinadas a difundir y concientizar sobre la importancia del diagnóstico precoz y de un tratamiento adecuado de esta enfermedad para garantizar una mejor calidad de vida a quienes conviven con ella
Declara de utilidad pública y sujetos a expropiación dos inmuebles ubicados en la localidad de San Pablo, departamento Lules, destinados al funcionamiento de un hospital público. Padrones N° 530.151 y 530.152.
Adhiere la provincia de Tucumán, a la Ley nacional N° 26.872 -Patología mamaria. Cirugías reconstructivas. Coberturas. Será autoridad de aplicación de la presente ley el Ministerio de Salud Pública de la provincia por intermedio del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA).
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley nacional N° 27.305 de incorporación al Programa Médico Obligatorio (PMO) de la cobertura de leches medicamentosas a pacientes con Alergia a la Proteína de la Leche Vacuna (APLV). Crea el programa de detección y tratamiento de la alergia a la proteína de leche vacuna. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública a través del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA).
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley nacional N° 27.351. Crea el registro provincial de electrodependientes por cuestiones de salud en el ámbito del Si.Pro.Sa, el que será remitido al ERSEPT -Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos provinciales de Tucumán- y a la empresa distribuidora.
Adhiérase la Provincia de Tucumán a la Ley Nacional N° 27.553 (Prescripción y dispensación por recetas electrónicas o digitales y teleasistencia en salud).Toda prescripción de medicamento y su dispensa puede ser redactada y firmada de forma manuscrita, Electrónica o digital por todo profesional sanitario facultado legalmente a prescribir.
Dispone la adhesión de la provincia a las Leyes nacionales N° 24.193 -Transplante de órganos y material anatómico- y N° 25.392 -Registro nacional de donantes de células progenitoras-. Crea el Centro Único Coordinador de Ablación e Implantes de órganos de Tucumán (CUCAITUC). Crea el fondo solidario de transplante.
Garantiza a toda persona que padece epilepsia el pleno ejercicio de sus derechos. Adhiere la provincia a la Ley nacional N° 25.404 sobre medidas especiales de protección para personas que padecen epilepsia.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley nacional N° 26.279 -Régimen de detección y tratamiento de determinadas patologías del recién nacido-. Modifica ley N° 5.769.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley N° 26.689- Promoción del cuidado integral de la salud de las personas con enfermedades poco frecuentes.
Adhiere la provincia de tucuman a la ley nacional n°27043(autismo) - declara de interés nacional el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos Del Espectro Autista- T.E.A.
Afecta diferentes fracciones de terreno ubicados en La Costanera, Banda del Río Salí, Cruz Alta para la construcción de módulos sanitarios a cargo de la Caja Popular de Ahorros.
Aprueba el convenio suscrito por el Ministro de Salud Pública y la Asociación para la Lucha contra la Parálisis Infantil de Tucumán (A.LP.I de Tucumán) con fecha 27/12/1960, complementario del signado el día 22/10/1960, mediante Ley 3.040.
Aprueba el convenio suscrito entre el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y la Asociación para la Lucha contra la Parálisis Infantil de Tucumán (A.L.P.I. de Tucumán), con fecha 22/10/1960.
Aprueba el convenio celebrado entre el Ministerio de Asuntos Sociales de la Provincia de Tucumán y el Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación, sobre construcción de dos centros de salud.
Establece la asistencia integral a personas con albinismo, mediante su promoción, protección, investigación, desarrollo, asegurando el goce pleno, efectivo, permanente e igualitario en el acceso a la salud.
Autoriza a destinar el fondo para pequeños emprendimientos previsto en el artículo 21 de la Ley N° 5.115 -Carta orgánica de la Caja Popular de Ahorros- a la adquisición de diversos elementos necesarios para la atención sanitaria.
Autoriza al poder ejecutivo a transferir tres inmuebles al Si.Pro.Sa. padrones n° 523.261
Autoriza al Poder Ejecutivo a transferir al Sistema Provincial de Salud (SIPROSA) ,un inmueble en Barrio Policial, localidad Los Pocitos, departamento Tafí Viejo, padrón N° 525.260. Destinado a la construcción de un Centro de Atención Primaria de Salud (CAPS). Modifica Ley N° 7.524.
Autoriza al Poder Ejecutivo a transferir en donación al Sistema Provincial de Salud (SIPROSA) un inmueble ubicado en la localidad de Requelme, departamento Burruyacu, destinado al funcionamiento de un Centro de Atención Primaria de Salud (CAPS)-. Padrón N° 190.943.
Autoriza al Poder Ejecutivo a transferir al Sistema Provincial de Salud (SIPROSA), un inmueble ubicado en la localidad de Delfín Gallo, departamento Cruz Alta. Destinado al funcionamiento de un Centro de Atención Primaria de Salud (CAPS). Padrón N° 573.425.
Autoriza al Poder Ejecutivo a invertir la suma necesaria en la adquisición de doce ambulancias con destino al Ministerio de Bienestar Social de la provincia.
Garantiza a la población el abastecimiento y la seguridad transfusional de la sangre humana, de sus componentes y derivados. Crea el banco central de sangre.
Crea el Instituto de Anestesiología dependiente del Ministerio de Salud Pública.
Crea el instituto de investigaciones virológicas.
Crea el programa "Salud para la tercera edad" que tendrá como beneficiarios a quienes perciban el beneficio de pensión a la vejez -Ley 2.233- y se les dará cobertura médico asistencial.
Creación del sistema de protección al enfermo oncológico infantil que regirá en la provincia conforme las disposiciones de la presente Ley y la reglamentación que
en consecuencia se dicte.
Crea, dependiente de la Secretaría de Estado de Salud Pública, un servicio central de urgencia médica que tendrá por finalidad la primera intervención del enfermo agudo y su posterior derivación a los servicios especializados, y funcionará en el Hospital Angel C. Padilla.
Crea el sistema provincial de salud -siprosa- como organismo autárquico.
Declaración de los derechos del paciente.
Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de un inmueble ubicado en el departamento Famailla, padrón n° 76707, destinado a la construcción del hospital regional OESTE.
Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación, un inmueble ubicado en la ciudad de Alderete, departamento cruz alta, padrón n° 572400, destinado a la construcción de un hospital regional de alta complejidad.
Desafecta de las disposiciones de la Ley N° 7.142 -Activo por activo- diversos inmuebles. El producto de ventas será destinado a adquisición de maquinarias viales.
Desafecta de las disposiciones establecidas por la Ley N° 7.142 -Sistema alternativo de pago de infraestructura pública- inmuebles de propiedad del superior gobierno de la provincia con cargo expreso a la construcción de un centro de rehabilitación cardiovascular. Padrón 877.412(unificado).
Establece la obligatoriedad del otorgamiento de un documento que registre la información del estado de salud general del niño.
Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en la ciudad de Concepción, en matienzo al 700. Destinado a la construcción de un centro de salud. Padron 151.897
Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble de propiedad del complejo agroindustrial San Juan S.A. destinado a construcción de un hospital. Padrón 574.166.
Expropia los inmuebles detallados en Ley N° 8.047, ubicados en la localidad de San Pablo, departamento Lules, destinados al funcionamiento de un hospital.
Dispone la expropiación de un inmueble del señor Tomás Ruiz, ciudad de Tafí Viejo. Destino: construcción de un hospital nivel iv.
Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación inmuebles de propiedad de la compañía San Pablo S.A. de fabricación de azúcar, ubicados en la localidad de San Pablo, departamento Lules con destino al funcionamiento del Hospital San Pablo.
Dispone la expropiación de un terreno para la ampliación del hospital de aislamiento.
Dispone la expropiación de una fracción de terreno ubicada en Colalao del Valle, departamento de Tafí, para la construcción de un dispensario.
Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno ubicada en Timbó Viejo para construcción de un centro deportivo y de un hospital. Padrón 96.356.
Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de un inmueble ubicado en la localidad Agua Blanca, departamento Famaillá, destinado a la construcción de un centro de atención primaria de salud. Padrón 178.161.
Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble ubicado en el departamento Capital destinado a la construcción de un Centro de Atención Primaria de Salud (CAPS). Padrón 123.594.
Incluye en los alcances de la Ley N° 8.454 el subsidio otorgado por el Ministerio de Salud de la Nación -Res. 339 del 06/03/12-, destinado a remodelación del Hospital de Niños.
Incrementa el importe establecido en la Ley N° 8.127 -Convenio con la Caja Popular de Ahorros para la remodelación y ampliación del servicio de cirugía y circulación general, en el Hospital Padilla.
Establece la Ley de juego responsable en la provincia de Tucumán, con el objetivo de prevenir y combatir la ludopatía. Será autoridad de aplicación la Caja Popular de Ahorros.
Establece con carácter obligatorio en la provincia de Tucumán exámenes de visión y fonoaudiológico, que deberán practicarse en todos los niños de edad escolar al ingresar a la escuela primaria.
Establece la obligatoriedad y gratuidad de las vacunaciones antidiftérica, antituberculosa, antipoliomelítica y contra la hepatitis "a".
Establece una multa, a toda persona física o jurídica que por cualquier motivo discrimine, publicare o expusiera de forma verbal su desagrado, en contra de las personas que por su condición profesional de la salud tanto público como privado y voluntarios, se encuentren abocados al cuidado y atención de personas que contrajeron la enfermedad producida por el virus COVID 19, así también como pacientes o que se encuentren sometidos a estudios y análisis previo
Establece la protección integral de los derechos de las personas mayores. será autoridad de aplicación el ministerio de desarrollo social. Crea el consejo provincial de protección de derechos de personas mayores.
Ratifica decreto acuerdo con invocación de necesidad y urgencia N° 5/1 de fecha 3 de abril de 2.020, mediante el cual se aceptan los fondos otorgados por la Excma. Corte Suprema de Justicia, el Ministerio Pupilar y de la Defensa con afectación específica a las áreas de salud, y el Tribunal de Cuentas con afectación específica a las áreas de asistencia alimentaria del Ministerio de Desarrollo Social.
Instituye el servicio de protección de turistas y viajeros en todo el territorio de la provincia.
Autoriza al Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano a transferir un inmueble al gobierno de la provincia, para funcionamiento de un Centro de Atención Primaria de Salud (C.A.P.S.)en Las Talitas, departamento Tafí viejo. Padrón N° 523.261.
Autoriza al Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano de la provincia a transferir en donación al Sistema Provincial de Salud inmuebles de su propiedad destinados a la instalación y funcionamiento de centros asistenciales de salud. Padrones: 432.940-433.642-525.260- 522.758-678.834.
Autoriza al Poder Ejecutivo a transferir a título gratuito, al Superior Gobierno de la Nación, el dominio de un inmueble de propiedad fiscal, ubicado en la ciudad de Tucumán para la construcción de un edificio destinado a centro sanitario, dependiente de la Secretaría de Salud Pública de la Nación.
Autoriza al Poder Ejecutivo a ceder en préstamo de uso el inmueble del Instituto de Investigaciones Cardiovasculares de Tucumán a la Fundación del Instituto Tucumano de Enfermedades Cardiovasculares (FITEC).
Declara de interés público el estudio y tratamiento de la enfermedad de Parkinson.
Faculta al Sistema Provincial de Salud (Si.Pro.Sa.) a realizar las contrataciones necesarias en relación con el subsidio otorgado a la provincia por el Ministerio de Salud de la Nación, destinado a remodelación de un sector del Hospital del Niño Jesús.
Dispone la eliminación gradual del uso del mercurio, en los establecimientos públicos y privados de salud de la provincia. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud por intermedio del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA).
Régimen normativo de control bromatológico. Normativa complementaria del Código alimentario argentino.
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley nacional N° 27.350 -uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados-. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública de la provincia por intermedio del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA).
Adhiere la provincia a las disposiciones de la Ley Nacional 23732 sobre enfermedad diabética y la creación del banco de insulina.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley N° 26.281 -Declara de interés nacional y prioritario el control de la enfermedad de Chagas.
Crea el instituto de investigaciones virológicas.
"Programa Provincial de Investigación para el Control del Vector Aedes Aegypti" El Programa tiene por objeto estimular la innovación e investigación en relación con el virus del dengue, zika, chikungunya, y su vector para comprender y mejorar las interacciones entre virus, vector (en sus diferentes estados: huevo, larva, forma adulta) y huéspedes, para contribuir a la lucha contra el mismo.
Crea el programa provincial de donación voluntaria de plasma sanguíneo de pacientes recuperados de Covid-19, con fines terapéuticos.
Régimen aplicable a la elaboración, fraccionamiento, distribución y prescripción de medicamentos.
Declara de interés público el estudio y tratamiento de la enfermedad de Parkinson.
Define investigación en salud y establece requisitos para el estudio de seres humanos. Clasifica las investigaciones por su nivel de riesgo. Define investigaciones farmacológicas.
Profilaxis de la rabia. Dirección, ejecución y contralor de la lucha contra la rabia.
Dispone la adhesión de la provincia al programa federal de fortalecimiento operativo de las áreas de seguridad y salud, en el marco del decreto nacional n° 1765 del 03/10/2014. faculta al poder ejecutivo a tomar créditos pertinentes.
Aprueba el convenio suscripto entre el Poder Ejecutivo de la provincia y la Secretaría de Salud Pública de la nación, con fecha 7 de septiembre de 1984, referido a nuevas obras de arquitectura y establecimientos de atención médica del sector público provincial.
Aprueba el convenio celebrado el 14/05/87 entre el Ministerio de Acción Social de la nación y el superior gobierno de la provincia relacionado con la ejecución del programa de rehabilitación de la infraestructura de salud.
Autoriza al Sistema Provincial de Salud (SIPROSA) a nivelar a sus agentes. Modifica Ley N° 5.908 -Carrera sanitaria.
Crea el registro provincial de tumores, que se regirá por las prescripciones de la Ley nacional N° 15.465.
Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de un inmueble ubicado en el departamento Famailla, padrón n° 76707, destinado a la construcción del hospital regional OESTE.
Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación, un inmueble ubicado en la ciudad de Alderete, departamento cruz alta, padrón n° 572400, destinado a la construcción de un hospital regional de alta complejidad.
Incorpora al Sistema Provincial de Salud (SIPROSA) de la provincia, la labor del payaso de hospital, también denominados como "payaterapeuta o payamedico". La autoridad de aplicación de la presente ley será el Ministerio de Salud Pública a través del SIPROSA.
Incrementa el número de cargos de la planta de personal permanente de la Administración Pública Provincial- Sistema Provincial de Salud (SIPROSA)-, prevista por el articulo 5° de la Ley N° 8.828.
Ratifica Ley 5.908 -Carrera sanitaria- modificada por Ley 5.965.
Ratifica decreto de necesidad y urgencia n° 2/7 -ms- de fecha 18 de diciembre de 2018, mediante el cual se autoriza al ministerio de seguridad a contratar en forma directa, de conformidad a lo establecido por ley n° 9057 -emergencia en seguridad pública-, con la firma emprendimientos Grupo Patagónico S.R.L, la provisión de diversos elementos.
Reconocimiento de carácter de médico especialista y autorización para el ejercicio profecional.
Establece el sistema de fomento a la inversión en proyectos de impacto social en salud, educación y tecnología. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Economía.
Establece que el Subsidio de Salud debe formalizar convenios en 45 días y exhibir padrón de prestadores. Deroga Ley 6.061.
Faculta al Sistema Provincial de Salud (Si.Pro.Sa.) a realizar las contrataciones necesarias en relación con el subsidio otorgado a la provincia por el Ministerio de Salud de la Nación, destinado a remodelación de un sector del Hospital del Niño Jesús.
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley nacional N° 27.287 -Sistema nacional para la gestión integral del riesgo y la protección civil.
Consiste en la adhesión a la Ley Nacional N° 27548: Programa de Protección al Personal del Sistema de Salud Público y Privado, trabajadores y voluntarios ante la pandemia de coronavirus COVID 19.
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley nacional N° 25.630 -Prevención de las anemias y malformaciones del tubo neural, tales como la anencefalia y la espina bífida.
Adhiere la provincia a la Ley nacional N° 25.501 de control y prevención de enfermedades cardiovasculares.
Crea la Comision Provincial de Sanidad Animal (Co.Pro.Sa.) a fin de complementar la política que en la materia dicte el poder ejecutivo, en concordancia con las politicas nacionales.
Crea el programa provincial de prevención, tratamiento y lucha contra la obesidad.
Crea el registro provincial de tumores, que se regirá por las prescripciones de la Ley nacional N° 15.465.
Desafecta de los alcances de la Ley N° 7.142 y sus modificatorias -Ley de activo por activo- al inmueble ubicado en la localidad de Benjamín Paz, departamento Trancas, destinado para el funcionamiento de un centro para enfermos drogadependientes.
Instituye como un derecho de la mujer el parto humanizado.
Declara obligatorio, como barrera preventiva en todo el territorio de la provincia, el uso de barbijos, tapabocas o máscaras faciales a todas las personas que circulen en la via pública, establecimientos públicos y privados, transporte público, comercios, instituciones bancarias, y demás lugares de concurrencia masiva. Serán autoridades de aplicación los Ministerios de Salud Pública y de Seguridad.
Dispone que los locales en los que se expendan alimentos para su consumo dentro de sus instalaciones, deberán exhibir carteles que especifiquen la maniobra de Heimlich.
Ratifica decreto acuerdo con invocación de necesidad y urgencia N° 4/1 de fecha 1 de abril de 2.020, mediante el cual se dispone la adhesión al decreto acuerdo de necesidad y urgencia N° 325/20, del 31 de marzo de 2.020, emitido por el Poder Ejecutivo Nacional, por el que se prorroga la vigencia del decreto acuerdo de necesidad y urgencia N° 297/20, aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 12 de abril de 2.020, inclusive, en todo el territorio de la provincia de Tucumán y en lo que fuera pertinente.
Ratifica decreto acuerdo con invocación de necesidad y urgencia N° 7/1 del Poder Ejecutivo mediante el cual faculta al Ministerio de Salud Pública, al Sistema Provincial de Salud y al Ministerio de Desarrollo Social, a la contratación directa de todos aquellos bienes y servicios por el plazo de noventa (90) dias.
Ratifica el decreto de necesidad y urgencia N° 8/1, mediante el cual se prorroga hasta el dia 10 de mayo de 2.020 la vigencia de la medida de "aislamiento social preventivo y obligatorio" para todo el territorio de la provincia.
Ratifica en todos sus términos el decreto de necesidad y urgencia N° 9/1 del Poder Ejecutivo de fecha 11 de mayo de 2.020, mediante el cual se prorroga hasta el 24 de mayo de 2.020 la vigencia de la medida de "aislamiento social preventivo y obligatorio" para todo el territorio de la provincia, de conformidad al artículo 1º del decreto acuerdo de necesidad y urgencia N° 459/20 del 10 de mayo de 2.020, emitido por el Poder Ejecutivo Nacional.
Instituye el régimen normativo que regula la habilitación y funcionamiento de residencias geriátricas, sean de gestión pública o privada.
Autoriza a la municipalidad de la ciudad de San Miguel de Tucumán a transferir en donación a la Asociación para la Lucha contra la Parálisis Infantil (A.L.P. I.), un terreno de su propiedad ubicado en el departamento de la Capital.
Ratifica decreto acuerdo con invocación a necesidad y urgencia N° 1/1 de fecha 13 de marzo de 2.020, declarando la emergencia epidemiológica en la provincia de Tucumán.
Establece la obligatoriedad de incluir en cartas de menús de restaurantes una leyenda sobre uso precautorio de la sal. Dispone la adhesión de la provincia a la Ley Nacional N° 26.905 -Consumo de sodio. Valores máximos.
Establece medidas de seguridad en el transporte público de pasajeros, para prevenir el covid-19. Será autoridad de aplicación la Secretaria de Estado de Transporte y Seguridad vial.
Faculta al Sistema Provincial de Salud a aplicar programas para el refuerzo y la recuperación nutricional de niñas, niños y adolescentes que concurran a establecimientos educativos públicos dependientes del Ministerio de Educación de la provincia.