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Crea en el ámbito de la provincia de Tucumán el Programa bancos de leche materna. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública a través del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA).
Promueve, protege, fomenta la lactancia materna, considerándola como el medio ideal para la alimentación de los niños y niñas, a los fines de garantizar su vida, salud y desarrollo integral. Créase el Programa provincial de promoción y protección de la lactancia materna.
Declara obligatoria la provisión de leche enriquecida o fortificada con compuestos de hierro entre las mujeres embarazadas y niños menores de dos años, incluidos en todos los programas de asistencia alimentaria.
Declara obligatoria la provisión de leche enriquecida o fortificada con compuestos de hierro entre las mujeres embarazadas y niños menores de dos años, incluidos en todos los programas de asistencia alimentaria.
Programa de detección masiva de enfermedades del sistema nervioso en niños recién nacidos.
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley N° 27.159 -Muerte súbita. Sistema de prevención integral. Instituye con carácter obligatorio, la instalación y puesta en funcionamiento de un Desfibrilador Externo Automático (DEA), en los locales públicos y/o privados de concurrencia masiva o de alto riesgo en el territorio de la provincia.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley nacional N° 26.279 -Régimen de detección y tratamiento de determinadas patologías del recién nacido-. Modifica ley N° 5.769.
Crea en el ámbito de la provincia de Tucumán el Programa bancos de leche materna. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública a través del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA).
Promueve, protege, fomenta la lactancia materna, considerándola como el medio ideal para la alimentación de los niños y niñas, a los fines de garantizar su vida, salud y desarrollo integral. Créase el Programa provincial de promoción y protección de la lactancia materna.
Declara obligatoria la realización de diagnóstico precoz integral en los niños recién nacidos.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley N° 26.281 -Declara de interés nacional y prioritario el control de la enfermedad de Chagas.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley nacional N° 23.798 - Lucha contra el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).
Establece la obligatoriedad y gratuidad de las vacunaciones antidiftérica, antituberculosa, antipoliomelítica y contra la hepatitis "a".
Otorga carácter prioritario en la política sanitaria, la prevención y protección contra el Chagas Mazza, y la recuperación y rehabilitación de la salud de los enfermos.
Declara de interés provincial el estudio, prevención, tratamiento e investigación de la toxoplasmosis.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley N° 26.928 . Sistema de protección integral para personas trasplantadas.
Dispone la adhesión de la provincia a las disposiciones de la Ley nacional N° 26.396 (trastornos alimentarios). La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud Pública de la provincia.
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley nacional N° 26.914, modificatoria de la Ley N° 23.753 -De problemática y prevención de la diabetes-, sus decretos y resoluciones reglamentarias. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública de la provincia.
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley N° 27.159 -Muerte súbita. Sistema de prevención integral. Instituye con carácter obligatorio, la instalación y puesta en funcionamiento de un Desfibrilador Externo Automático (DEA), en los locales públicos y/o privados de concurrencia masiva o de alto riesgo en el territorio de la provincia.
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley nacional N° 27.305 de incorporación al Programa Médico Obligatorio (PMO) de la cobertura de leches medicamentosas a pacientes con Alergia a la Proteína de la Leche Vacuna (APLV). Crea el programa de detección y tratamiento de la alergia a la proteína de leche vacuna. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública a través del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA).
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley N° 26.657 -Derecho a la protección de la salud mental- y a su decreto reglamentario N° 603/2013. Deroga Ley N° 7.881. Crea un órgano de revisión de salud mental de la provincia.
Adhiere la provincia a las disposiciones de la Ley Nacional 23732 sobre enfermedad diabética y la creación del banco de insulina.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley nacional N° 26.588 -Declara de interés nacional la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley N° 26.689- Promoción del cuidado integral de la salud de las personas con enfermedades poco frecuentes.
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley nacional N° 27.130 (prevención del suicidio). La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud Pública de la provincia, a través del Sistema Provincial de Salud (Si.Pro.Sa).
Dispone la adhesión de la provincia al programa nacional de detección y control de la enfermedad celíaca, establecido por resolución N° 1560/2007 del Ministerio de Salud de la Nación. Deroga la Ley N° 6.454.
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley nacional N° 26.835 -Promoción y capacitación en las técnicas de Reanimación Cardiopulmonar -RCP- básicas. Crea la comisión -RCP- Tucumán. Funciones. Serán autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública de la provincia en coordinación con el Ministerio de Educación.
Declara de interés público el estudio, prevención y tratamiento de la hemofilia, y obligatoria la realización del diagnóstico precoz en los recién nacidos. Crea el centro del hemofílico.
Crea el plan de prevención y atención integral de la osteoporosis.
Crea el programa provincial de lucha contra la enfermedad de Alzheimer y otras demencias. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública de la provincia. Crea el consejo asesor de investigación del mismo.
Promueve el cuidado integral de la salud de las personas con fibromialgia. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública a través del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA). Crea el programa provincial de prevención, tratamiento, control y asistencia de la fibromialgia. Objetivos.
Declara la emergencia en la atención primaria y preventiva de la salud mental, por el término de dos (2) años. Será autoridad de aplicación el ministerio de salud pública.
Implementa programas de salud, detección y diagnóstico precoz del cáncer genitomamario.
Establece el marco normativo para la prevención, detección y tratamiento del cáncer de próstata.
Informa al consumidor sobre el valor calórico que tiene la comida ofrecida en bares, restoranes y en todo otro lugar de expendio de comidas, cualquiera sea su modalidad. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública por medio del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA).
Establece la obligatoriedad de ofrecer a la venta productos y alimentos saludables en todo kiosco, cantina y cualquier otro punto de expendio en el ámbito de establecimientos educativos y clubes, de carácter público o privado, en todo el territorio de la provincia. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública.
Establece el régimen de prevención de las enfermedades bulimia y anorexia.
Adhiere la provincia de Tucumán, a la Ley nacional N° 26.872 -Patología mamaria. Cirugías reconstructivas. Coberturas. Será autoridad de aplicación de la presente ley el Ministerio de Salud Pública de la provincia por intermedio del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA).
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley nacional N° 27.305 de incorporación al Programa Médico Obligatorio (PMO) de la cobertura de leches medicamentosas a pacientes con Alergia a la Proteína de la Leche Vacuna (APLV). Crea el programa de detección y tratamiento de la alergia a la proteína de leche vacuna. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública a través del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA).
Dispone la adhesión de la provincia a las Leyes nacionales N° 24.193 -Transplante de órganos y material anatómico- y N° 25.392 -Registro nacional de donantes de células progenitoras-. Crea el Centro Único Coordinador de Ablación e Implantes de órganos de Tucumán (CUCAITUC). Crea el fondo solidario de transplante.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley nacional N° 26.279 -Régimen de detección y tratamiento de determinadas patologías del recién nacido-. Modifica ley N° 5.769.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley N° 26.689- Promoción del cuidado integral de la salud de las personas con enfermedades poco frecuentes.
Garantiza a la población el abastecimiento y la seguridad transfusional de la sangre humana, de sus componentes y derivados. Crea el banco central de sangre.
Crea el sistema provincial de salud -siprosa- como organismo autárquico.
Declaración de los derechos del paciente.
Incluye en los alcances de la Ley N° 8.454 el subsidio otorgado por el Ministerio de Salud de la Nación -Res. 339 del 06/03/12-, destinado a remodelación del Hospital de Niños.
Incrementa el importe establecido en la Ley N° 8.127 -Convenio con la Caja Popular de Ahorros para la remodelación y ampliación del servicio de cirugía y circulación general, en el Hospital Padilla.
Establece la obligatoriedad y gratuidad de las vacunaciones antidiftérica, antituberculosa, antipoliomelítica y contra la hepatitis "a".
Instituye el servicio de protección de turistas y viajeros en todo el territorio de la provincia.
Dispone la eliminación gradual del uso del mercurio, en los establecimientos públicos y privados de salud de la provincia. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud por intermedio del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA).
Régimen normativo de control bromatológico. Normativa complementaria del Código alimentario argentino.
Adhiere la provincia de Tucumán a la Ley nacional N° 27.350 -uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados-. Será autoridad de aplicación el Ministerio de Salud Pública de la provincia por intermedio del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA).
Adhiere la provincia a las disposiciones de la Ley Nacional 23732 sobre enfermedad diabética y la creación del banco de insulina.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley N° 26.281 -Declara de interés nacional y prioritario el control de la enfermedad de Chagas.
Régimen aplicable a la elaboración, fraccionamiento, distribución y prescripción de medicamentos.
Define investigación en salud y establece requisitos para el estudio de seres humanos. Clasifica las investigaciones por su nivel de riesgo. Define investigaciones farmacológicas.
Incorpora al Sistema Provincial de Salud (SIPROSA) de la provincia, la labor del payaso de hospital, también denominados como "payaterapeuta o payamedico". La autoridad de aplicación de la presente ley será el Ministerio de Salud Pública a través del SIPROSA.
Ratifica Ley 5.908 -Carrera sanitaria- modificada por Ley 5.965.
Establece que el Subsidio de Salud debe formalizar convenios en 45 días y exhibir padrón de prestadores. Deroga Ley 6.061.
Crea el programa provincial de prevención, tratamiento y lucha contra la obesidad.
Desafecta de los alcances de la Ley N° 7.142 y sus modificatorias -Ley de activo por activo- al inmueble ubicado en la localidad de Benjamín Paz, departamento Trancas, destinado para el funcionamiento de un centro para enfermos drogadependientes.
Declara obligatorio, como barrera preventiva en todo el territorio de la provincia, el uso de barbijos, tapabocas o máscaras faciales a todas las personas que circulen en la via pública, establecimientos públicos y privados, transporte público, comercios, instituciones bancarias, y demás lugares de concurrencia masiva. Serán autoridades de aplicación los Ministerios de Salud Pública y de Seguridad.
Instituye el régimen normativo que regula la habilitación y funcionamiento de residencias geriátricas, sean de gestión pública o privada.
Establece la obligatoriedad de incluir en cartas de menús de restaurantes una leyenda sobre uso precautorio de la sal. Dispone la adhesión de la provincia a la Ley Nacional N° 26.905 -Consumo de sodio. Valores máximos.
Incorpora al Sistema Provincial de Salud (SIPROSA) de la provincia, la labor del payaso de hospital, también denominados como "payaterapeuta o payamedico". La autoridad de aplicación de la presente ley será el Ministerio de Salud Pública a través del SIPROSA.
Reglamenta el ejercicio de la actividad de técnico protésico dental de laboratorio. Deroga leyes N° 5.392 y N° 5.715. Deroga Ley N° 5.542 en su parte pertinente.
Regula el ejercicio de la profesión de Enfermería. Dispone la adhesión a los capítulos I, II y III de la Ley nacional N° 24.004 de ejercicio de la enfermería.
Instituye en el ámbito de la provincia de Tucumán, el día 15 de abril de cada año como "Día de la protección radiológica", en reconocimiento al doctor en tecnología nuclear Dan Jacobo Beninson. Será autoridad de aplicación el ministerio de salud pública de la provincia
Dispone la adhesión de la provincia a las Leyes nacionales N° 24.193 -Transplante de órganos y material anatómico- y N° 25.392 -Registro nacional de donantes de células progenitoras-. Crea el Centro Único Coordinador de Ablación e Implantes de órganos de Tucumán (CUCAITUC). Crea el fondo solidario de transplante.
Declaración de los derechos del paciente.
Dispone la adhesión de la provincia a la Ley N° 26.657 -Derecho a la protección de la salud mental- y a su decreto reglamentario N° 603/2013. Deroga Ley N° 7.881. Crea un órgano de revisión de salud mental de la provincia.
Declara de interés público el estudio, prevención y tratamiento de la hemofilia, y obligatoria la realización del diagnóstico precoz en los recién nacidos. Crea el centro del hemofílico.
Crea el sistema provincial de salud -siprosa- como organismo autárquico.